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Brillante y amena presentación de “El Fuero del Baylío, único derecho foral en Extremadura”

En un acto ameno y con bastante afluencia de público, se presentó “El Fuero del Baylío, único derecho foral en Extremadura”, editado por la Excma. Diputación Provincial de Badajoz, obra de Antonio Rubio y Adolfo Trocolí. Este último no pudo asistir, por ocupaciones profesionales, pero Rubio demostró su brillantez a la hora de exponer un tema que puede resultar farragoso, pero que él, con su experiencia y su maestría, supo hacerlo de forma entretenida, hasta apasionante en muchos momentos.

Comenzó tomando la palabra Eugenio López Cano, presidente del Colectivo Cultural “Tres Castillos”, quien trazó una semblanza de Antonio Rubio Bernal, “más conocido como Tronera o Kubala”, “maestro de profesión e investigador jurídico de vocación”.

López Cano habló de su experiencia educativa y de su doctorado en Derecho, título que “con infinito amor” Antonio Rubio dedicó a su progenitor diciendo: “Hoy, por fin, he saldado una deuda con mi padre”.

Habló también de las obras del colaborador de AZAGALA y miembro de su Consejo de Redacción, e incidió acertadamente en “su amor incondicional por su pueblo y su esplendidez al darnos, sin interés alguno por su parte, una obra como la que presentamos para beneficio único de las personas aforadas”. Terminó criticando que, en los tiempos que corren, cuando “los partidos políticos pregonan su protección a la mujer, terminan, como en este caso, por menospreciar un Derecho como el que les otorga El Fuero del Baylío”.

Seguidamente habló María Luisa Maya, abogada alburquerqueña en ejercicio, quien habló de su experiencia profesional en casos de aplicación de este Fuero, y de cómo las sentencias quedan al albur de los jueces, y de las zancadillas de los notarios y registradores al efecto de hacer efectivo el mismo.

Finalmente, Antonio Rubio, quien se desenvolvió con la soltura que le han proporcionado años de experiencia impartiendo cursos por toda Extremadura en los CPR, con su sapiencia, sus explicaciones amenas, su voluntad de enseñar… hizo una presentación prodigiosa, a capela, demostrando que tiene tablas y que nos va a deparar otras obras, como la que ya tienen preparada “El matrimonio extremeño acogido al Fuero del Baylío”, que le gustaría llevarla a la televisión regional en pro de la difusión del Fuero y de la seguridad jurídica de los aforados.

Rubio partió en su exposición de varias ideas: este Fuero es una norma “genuinamente propia, con relativa importancia económica, con una profunda singularidad jurídica, que afecta a la comunidad universal de bienes de los cónyuges”. Criticó su “falta de regulación” y la “inseguridad jurídica” que esta provoca.

Explicó que se trata de una “costumbre consuetudinaria en 19 poblaciones pacenses que afecta al régimen económico matrimonial, comunicándose todos los bienes aportados por los cónyuges, partiéndose por la mitad al liquidar la sociedad por muerte, nulidad o divorcio”. También está vigente en la ciudad de Ceuta, quien consiguió la costumbre por influencia portuguesa.

– Antonio, ¿podrías explicarnos brevemente en qué consiste la disposición legal del Fuero?

– Su esencia no es otra que “que todos los bienes que los casados llevan al matrimonio o adquieren por cualquier razón (herencia, donación, etc.) se comunican y sujetan a partición por mitad a la finalización de este bien por muerte, nulidad o divorcio”.

Continuaría explicando aquellos matrimonios que se pueden considerar aforados siguiendo el Código Civil, a tenor de los artículos 9.2, 14.4, 16.3, 1.315 y 1.316,  terminando con algunos casos prácticos, como por ejemplo: Matrimonio de dos aforados en terreno aforado: salvo renuncia expresa por capitulaciones matrimoniales, su matrimonio es aforado; matrimonio de dos aforados en lugar no aforado, si no han ganado vecindad civil (transcurridos diez años), y no han manifestado voluntad contraria al Fuero, su matrimonio será aforado; matrimonio de un aforado y otro no aforado, celebrado en lugar aforado, el Fuero tiene aplicación, si bien los celebrados ante de la Ley 11/1990 se guiarán por la vecindad civil del marido al seguir la mujer, en aquella época, la vecindad civil de aquel.

En la amenidad de su intervención, Antonio Rubio contó una anécdota que se cuenta del torero Lagartijo, quien, al enviudar, se encontró con que su suegro le reclamó la mitad del patrimonio amasado estando soltero, sin otra razón que quien debía heredar a su hija era él, correspondiéndole el cincuenta por ciento del total del patrimonio del torero, según el Fuero del Baylío, a lo que este contestó: “No sabía que yo desde el ruedo jugándome la vida, y mi suegro desde el tendido, los dos toreábamos al alimón”.

Rubio Bernal aseguró que “nuestros mayores pensaban que el Fuero era algo bondadoso por proteger siempre al cónyuge más pobre”. No olvidemos que, por esta costumbre, “se produce una “Comunidad Universal de Bienes” en la que todos los bienes aportados al matrimonio, antes o después de su celebración, por cualquiera de los cónyuges y cualquiera que sea su procedencia -herencia, donación, etc.- son considerados comunes, de ambos, no pudiendo disponer ninguno de los cónyuges de los bienes de determinado valor sin el consentimiento del otro, lo cual conlleva repercusiones registrales”.

Próximo el final, Antonio Rubio terminó con unas consideraciones personales, señalando que con este libro “hemos pretendido dar a conocer esta singular institución jurídica extremeña con la que contamos, para que todos tomemos conciencia de su importancia, de su contenido y su vigencia, y así poderla defender como la única manifestación jurídica de nuestra identidad”.  Y remató la exposición con estas bellas palabras en nombre de los dos autores: “Alto y claro alzamos nuestras humildes voces para expresar que nuestro derecho foral no es menos que otros, aunque cuente con menor número de población afectada, que lo respeta y quiere su aplicación en sus relaciones matrimoniales, como realidad histórico-jurídica viva entre ella desde hace ochocientos años”.

Al finalizar, Antonio Rubio preguntó si había alguien del gobierno municipal entre los presentes para entregarle los 25 libros que le corresponden al Ayuntamiento en función de su población, pero no asistió nadie a pesar de haber sido invitados expresamente. Se encontraban en la sala Manuel Arce, concejal popular, y Manuel Gutiérrez, edil de Ipal, pero nadie del gobierno, con lo cual sólo entregó tres ejemplares: el ejemplar de la Biblioteca Pública Municipal y los dos de los centros educativos, lugar donde dice que se debe fomentar el conocimiento del Fuero en las poblaciones aforadas.

Asimismo, Antonio Rubio, mostrando cierta decepción, pues era la primera presentación del libro precisamente aquí, por ser su pueblo, desveló cómo “se han interesado muchos ayuntamientos de los pueblos donde rige el Fuero, e incluso desde Ceuta, por presentar esta obra en los municipios y por poseerla”, respondiendo muchos de ellos a los escritos de los autores, excepto el Ayuntamiento de Alburquerque.

– Antonio, para ti, alburquerqueño de pura cepa, que haces gala de tu pueblo y eres un reconocido profesional en el mundo educativo extremeño, autor de obras codiciadas sobre temas de educación o jurídicos: ¿Qué te ha parecido este gesto del equipo de gobierno municipal? A lo que con mucha ironía nos respondió:

– Conmigo no es que tenga que cumplir por nada, Dios nos libre, pero por educación con la Excma. Diputación de Badajoz, editora del volumen e involucrada en la causa desde el primer momento, lo mismo. Pues tanto ella como yo en este baile nos hemos quedado para vestir santos, como se suele decir.

 

 

 

 

 

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